Arraigo

Consigue tu arraigo o residencia temporal por circunstancias excepcionales

Este tipo de permiso se dirige a todos aquellos extranjeros que se encuentran viviendo en España ilegalmente o de forma irregular, pero que cuentan con suficientes vínculos familiares, sociales o laborales aquí como para considerar que su vida se encuentra unida a España, pudiendo por medio de este proceso regularizar su situación migratoria en nuestro país.

Por los vínculos que la persona extranjera tenga en España, podrá solicitar tres tipos de arraigo:

  • Arraigo Social.
  • Arraigo Laboral.
  • Arraigo Familiar.

Ventajas de este permiso

1º.- Los extranjeros en situación ilegal en España podrán regularizar su situación.

2º.- El arraigo es concedido por un plazo de un año, tras el cual, el extranjero podrá modificar su arraigo por un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o cuenta propia.

3º.- El arraigo permitirá trabajar a su titular en España salvo en contadas excepciones.

4º.- El extranjero en situación irregular en España tiene tres posibilidades de regularizar su situación dependiendo de los requisitos que cumpla: Arraigo Social, Arraigo Laboral o Arraigo Familiar.

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¿Cómo podemos ponernos en contacto?

¿Cómo podemos ayudarte?

1º.- Estudiamos tu caso, hacemos un análisis de riesgos de denegación y verificamos la viabilidad de solicitar el arraigo, así como la vía que mejor se adapte a tus circunstancias.

2º.- Preparamos junto a ti la documentación requerida para tu solicitud, realizando una auditoría documental para verificar que todo está correcto y evitar cualquier riesgo de denegación.

3º.- Solicitamos cita para la presentación de tu solicitud de arraigo, acompañándote a la misma.

4º.- De recibir cualquier requerimiento por parte de la administración, procederemos a responder y dar cumplimiento al mismo inmediatamente. 

5º.- Obtenida resolución positiva, procederemos a asesorarte respecto los siguientes pasos a efectuar, que dependerán del tipo de arraigo concedido (social, laboral o familiar). En caso de resolución negativa, estudiaremos nuevamente las opciones e interpondremos los recursos administrativos pertinentes.

6º.- Procederemos a reservar cita para la solicitud de tu tarjeta de residencia y preparación de la documentación requerida para dicho trámite, cita a la que, si es tu deseo, te acompañaremos.

7º- Alrededor de un mes después, solicitaremos cita para recoger tu tarjeta de residencia y, si es tu deseo, te acompañaremos a la misma.

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Asesoramiento integral

Nos encargamos de todo el proceso y te asistimos con todo aquello que necesites, incluyendo la traducción de la documentación requerida.

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Tendrás a tu disposición a nuestro equipo jurídico y financiero cuando lo requieras, a fin de resolver cualquier duda o consulta que pudiera surgirte a lo largo del proceso.